A partir del 1° de noviembre pueden desplazarse con fines turísticos únicamente las y los propietarios no residentes que se dirijan hacia su propiedad. Para eso deben cumplimentar los requisitos para el ingreso que disponga el municipio de destino. Estos requisitos serán publicados en una página web dispuesta a tal fin por cada municipio.
A partir del 1° de diciembre de 2020 y hasta el 4 de abril de 2021, el Gobierno provincial habilita la circulación en todo el territorio bonaerense por motivos turísticos. Para ello, se debe poseer el Certificado Verano aprobado oportunamente por el municipio.
¿Se denegará el Certificado Verano a adultos mayores u otros
grupos de riesgo?
El Gobierno de la Provincia no restringe la circulación con fines turísticos por
grupo etario ni de riesgo. Sin embargo, le recomendamos que si usted pertenece a
un grupo de riesgo evite viajar en los meses de mayor concentración (enero y
febrero). Asimismo, le recordamos que cada municipio podrá establecer requisitos
adicionales para el ingreso a su jurisdicción, los cuales serán publicados en
una página web que cada municipio disponga a tal fin.
Debo tramitar mi Certificado Verano, en donde constarán los datos personales del grupo familiar, información del hospedaje al que me dirijo, información del medio de transporte, municipio de origen y de destino, y fechas de estadía. Dicho certificado tiene carácter de declaración jurada y es el único requisito que establece el Gobierno provincial. Algunos municipios pueden establecer requisitos adicionales, por lo que se recomienda consultar en la página web del municipio de destino.
¿Existe la posibilidad de que el municipio restrinja el ingreso a
aquellos que cuenten con el Certificado Verano correspondiente?
No. El municipio de destino tiene que aprobar la solicitud de la persona que
viaja previamente a que se realice el viaje. Si la misma fue aprobada y la
persona que viaja tiene el certificado, puede ingresar al municipio.
¿Cuánto tiempo antes de iniciar el viaje deberá tramitarse el
Certificado Verano?
El Gobierno de la Provincia establece un plazo mínimo de 5 días de antelación al
inicio del viaje. Sin embargo, cada municipio puede establecer requisitos
adicionales para el ingreso a su jurisdicción, los cuales serán publicados en la
página web que cada municipio haya dispuesto a tal fin. Se sugiere tramitar el
Certificado Verano con la mayor antelación posible.
¿El Certificado Verano es personal o es por grupo
familiar?
El Certificado Verano debe ser tramitado por una sola persona del grupo
familiar, quien al momento de completar el formulario debe incorporar los datos
del resto de los miembros del grupo. Ese Certificado es válido para todas las
personas que formen parte del mismo grupo de viaje. En el caso de utilizar
distintos medios de transporte o trasladarse en distintas fechas, cada grupo
deberá tramitar un certificado diferente.
¿Se van a realizar controles del Certificado Verano?
Sí. Se controlará la circulación de autos en ruta, a la salida y llegando a
destino. Los autos que no estén habilitados a circular deberán volver a su lugar
de procedencia. También se controlará al abordar el transporte de media y larga
distancia.
En el caso de necesitar pernoctar en camino al destino, ¿deberé
gestionarse otro certificado?
Sí, el turista deberá tener un certificado para acceder a su lugar de pernocte y
a partir del día siguiente otro Certificado Verano para su destino final.
¿Se puede recuperar el depósito de una reserva de alojamiento o
transporte en el caso que mi solicitud de Certificado Verano sea rechazada por
el municipio de destino?
Los derechos de las y los consumidores ante este tipo de situaciones están
establecidos en la ley nacional 27.563, bajo el título IV, y en la Resolución
Provincial N°23/14. En dichas normas se estipulan las condiciones de
cancelaciones, devoluciones y reintegros.
¿Es obligatorio tener una reserva de alojamiento para obtener un
Certificado Verano? ¿Qué documentación debo presentar para demostrar que hice la
reserva?
Quienes deseen viajar a la Provincia de Buenos Aires deben declarar un lugar de
alojamiento, cuya información será solicitada al momento de completar el
certificado que tiene carácter de declaración jurada. La carga de documentación
respaldatoria será optativa.
¿Qué se puede hacer en el caso de que sea rechazada la solicitud
del Certificado Verano por parte del municipio de destino?
En caso de rechazar una solicitud de Certificado Verano, el municipio debe
informar la razón por la cual ha sido rechazada la solicitud y un teléfono o
mail de contacto del municipio al cual comunicarse en caso de querer efectuar
una consulta y/o reclamo.
¿Por qué motivos se podría rechazar una solicitud de Certificado
Verano?
Cada municipio establece sus criterios en base a la necesidad de garantizar la
salud de los residentes y de quienes vacacionan en el distrito. Recomendamos
consultar la página web dispuesta por cada municipio para conocer los criterios
vigentes en el distrito de destino.
¿Qué documentación respaldatoria debe adjuntarse en el caso
alojarse en una propiedad de un familiar o amigo?
No es obligatorio realizar la carga de documentación respaldatoria sobre el
lugar de alojamiento. Sin embargo, el municipio de destino puede establecer
requisitos adicionales. Se sugiere comunicarse con el municipio al teléfono que
éste haya puesto a disposición o consultar su página web.
¿Los turistas extranjeros deberán tramitar el Certificado
Verano?
Sí, lo podrán realizar en el mismo sitio web que los ciudadanos argentinos.
¿Debe tramitarse el Certificado Verano para realizar viajes que
tengan una duración menor a un día?
Sí, en todos los casos debe tramitarse el Certificado Verano, incluya o no
pernocte. En el caso de no pernoctar, no se requerirá declarar un alojamiento al
momento de tramitar el certificado.
¿Qué se debe hacer en caso de no haber recibido respuesta a la
solicitud del Certificado Verano?
La persona debe comunicarse con el municipio al teléfono de contacto que figura
en la web del municipio.
El Certificado Verano se puede tramitar en el sitio web y en la App CuidAR donde se tramita actualmente el Certificado Único Habilitante para Circular. Es una nueva funcionalidad dentro de la App CuidAR. Se puede tramitar teniendo únicamente a mano el DNI.
¿Es obligatorio contar con la aplicación CuidAR en el
celular?
Es obligatorio contar con el Certificado Verano. El mismo puede ser impreso en
formato papel o ser exhibido en formato electrónico con un dispositivo móvil a
través de la App CuidAR (la nueva versión tiene en su menú una opción denominada
“Modo Verano”). Se recomienda a las y los turistas imprimir el Certificado para
tener de respaldo en caso de pérdida o robo del dispositivo móvil.
¿Dónde se podrá descargar el certificado para imprimirlo?
Los certificados, una vez aceptados, podrán ser descargados desde el mismo sitio
desde el que fueran solicitados.
¿Debe retornar a su lugar de procedencia quien no cuente con un
Certificado Verano?
Contar con el Certificado Verano es un requisito obligatorio para desplazarse
con fines turísticos, por lo que el municipio puede exigir a quienes no cuenten
con el certificado el regreso a sus lugares de origen. El incumplimiento podrá
derivar en ser impedido de circular y otras sanciones según el caso.
¿Debe declararse a los menores de edad al momento de tramitar el
Certificado Verano?
El Certificado Verano debe ser tramitado por una sola persona del grupo
familiar, por lo que en el mismo se debe declarar a todas las personas
integrantes del grupo, independientemente de su edad.
¿Puede una persona que en su Certificado Verano declaró una
estadía en determinado municipio trasladarse a otro municipio cercano durante el
día?
No. El Certificado Verano puede tramitarse solamente para un municipio de
destino en el mismo período de tiempo. Una misma persona no puede contar con más
de un Certificado Verano en fechas coincidentes. En caso de que tenga programado
un viaje multidestino, deberá tramitar un certificado diferente para cada
destino.
¿Es necesario contar con un Certificado Verano para desplazarse
entre localidades de un mismo municipio?
Se exigirá contar con un Certificado Verano cuando el municipio de procedencia y
destino sean diferentes. A aquellos residentes que se desplacen entre
localidades del mismo municipio no se les exigirá contar con un Certificado para
Vacacionar.
¿Quién puede exigir a las y los turistas disponer de un
Certificado Verano?
Agentes de la policía, agentes municipales y provinciales y los prestadores de
servicios turísticos y empresas de transporte podrán exigir a las y los usuarios
la presentación del Certificado Verano.
¿Puede una persona tramitar más de un Certificado Verano?
Una persona podrá tener múltiples Certificados pero estos no podrán solaparse en
fechas.
¿Puede cambiarse el destino declarado de un Certificado
Verano?
El Certificado Verano tiene un solo destino que no puede ser cambiado. Sin
embargo, es posible darlo de baja y tramitar un nuevo Certificado para un nuevo
destino.
Las y los turistas se pueden alojar en hoteles, casas o departamentos de alquiler, casas propias o prestadas y campings. En todos los casos, los lugares de alojamiento deben respetar los protocolos vigentes que haya comunicado la autoridad competente.
¿Se pueden realizar reservas de alojamiento con personas no
convivientes?
Las personas que compartan un alojamiento deben ser únicamente grupos familiares
que hayan sido declarados oportunamente en el Certificado Verano.
¿Hay restricciones para la estadía en hostels?
Los hostels y alojamientos de similares características sólo podrán operar en la
medida que den cumplimiento a los protocolos de alojamiento y respeten la
limitación de las habitaciones a grupos familiares que hayan sido declarados
oportunamente en el Certificado Verano.
¿Hay restricciones para la estadía en campings?
Los campings se encuentran habilitados desde el 1° de diciembre con un estricto
protocolo provincial que regula aspectos tales como los aforos y el uso de baños
y vestuarios.
¿Los municipios pueden exigir un certificado de hisopado negativo?
Cada municipio puede establecer requisitos adicionales para el ingreso a su
jurisdicción, los cuales serán publicados en una página web de cada municipio
dispuesta a tal fin. Sin embargo, el Gobierno de la Provincia no exige la
presentación de un hisopado negativo previo.
¿Las reservas de alojamiento deben contar con estadías mínimas o
máximas?
El Gobierno de la Provincia no establece estadías mínimas o máximas. Sin
embargo, el municipio de destino puede establecer requisitos adicionales para la
aprobación del Certificado Verano.
Las y los turistas pueden desplazarse hacia su destino con un medio de transporte particular o público. En todos los casos deben seguirse las recomendaciones y protocolos autorizados por la autoridad competente.
¿Hay restricciones con respecto a quiénes pueden viajar en un
mismo automóvil?
Las personas que compartan un vehículo privado deben ser preferentemente grupos
familiares que hayan sido declarados oportunamente en el Certificado Verano. No
obstante, no se impedirá la circulación de aquellos que no viajen con su grupo
familiar.
¿La empresa de transporte debe controlar que las personas que
adquieren pasajes cuenten con el Certificado Verano?
Tal como se establece en los protocolos de la actividad, la empresa de
transporte es responsable de constatar, antes de abordar la unidad, que todos
los pasajeros cuenten con el Certificado Verano y con toda otra documentación
adicional que sea eventualmente requerida por el municipio. Sin embargo, al
momento de tramitar el Certificado Verano no es necesario adjuntar documentación
que acredite la reserva de un servicio de transporte.
¿La empresa de transporte debe devolver el importe abonado en
caso de que el municipio de destino rechace mi solicitud del Certificado
Verano?
Los derechos de las y los consumidores ante este tipo de situaciones están
establecidos en la ley nacional 27.563, bajo el título IV. En dicha norma se
estipulan varias opciones, incluyendo reintegros, reprogramación y entrega de
vouchers. Para más información, recomendamos ingresar al sitio
web de Defensa de las y los consumidores y usuarios de la Provincia de
Buenos Aires.
¿Qué protocolo deben cumplir las empresas de transporte?
Entre otras medidas, los servicios interurbanos pueden utilizar entre 60% y 80%
de su capacidad máxima, según la categoría del servicio (común, semicama, cama
ejecutivo, cama suite). Los servicios especializados (excursión, contratados)
pueden utilizar hasta el 60% de su capacidad transportativa, permitiendo una
ocupación mayor en caso que se trate de grupo familiar. Todas las personas que
formen parte del pasaje de la unidad deben utilizar en todo momento tapaboca
nariz.
¿Están habilitadas las actividades culturales o recreativas?
Las actividades culturales al aire libre y las salas teatrales están habilitadas
respetando los aforos y siguiendo los protocolos que dispuso el Gobierno
Provincial.
¿Están habilitadas las fiestas privadas o discotecas?
No, no está permitido realizar actividades y festejos que impliquen la
aglomeración de personas incumpliendo las medidas de distanciamiento, como es el
caso de las fiestas privadas y las discotecas.
¿Qué deportes pueden practicarse en los municipios de
destino?
Podrán practicarse los deportes que estén habilitados de acuerdo a la fase en la
que se encuentre el municipio de destino. Dichos deportes deben practicarse
respetando los protocolos dispuestos por las autoridades competentes.
¿Se pueden realizar deportes en la línea de playa?
En la línea de playa se podrán realizar solamente deportes individuales.
¿Se pueden compartir elementos para la práctica deportiva en el
mar?
Los elementos deportivos son de uso exclusivo de la persona que realice la
práctica individual.
¿Se pueden realizar actividades recreativas en la línea de
playa?
Solamente se pueden realizar actividades recreativas de manera individual y
conservando el distanciamiento dispuesto por la autoridad sanitaria provincial.
¿La policía puede controlar el Certificado Verano?
Las y los efectivos policiales y otros agentes estatales dispuestos por el
municipio y el Gobierno de la Provincia pueden constatar la portación del
Certificado Verano.
¿Se puede ir a bares o restaurantes?
Los restaurantes, bares y demás actividades similares funcionan en la modalidad
que se determine de acuerdo a la fase en la que se encuentre el municipio.
¿Se puede ir a la playa, parques, ríos o lagunas?
La concurrencia a playas, parques, ríos o lagunas está permitida manteniendo las
medidas de distanciamiento enunciadas por las autoridades competentes.
¿Dónde se debe recurrir ante la presencia de síntomas de COVID-19?
Ante la presencia de síntomas de COVID-19 la persona deberá dirigirse de
inmediato a los Centros de Atención Primaria dependientes del municipio en el
que se encuentre vacacionando. En algunos distritos también se han instalado
unidades de refuerzo en hospitales. Ante cualquier duda también se podrá
realizar una consulta en las postas de salud dispuestas por la Provincia de
Buenos Aires, para que el personal de atención refiera a la persona a la
institución sanitaria más cercana.
¿Qué sucede si la persona presenta síntomas compatibles con
COVID-19 encontrándose de vacaciones?
Deberá aislarse, comunicarse con la línea 148 y seguir sus instrucciones. En
caso de encontrarse en un alojamiento turístico, le deberán brindar un espacio
de aislamiento hasta que reciba atención médica. En el caso de ser definido como
un caso sospechoso, la o el paciente deberá aislarse en un centro de aislamiento
dispuesto por el municipio a tal fin.
¿Qué sucede si la persona es diagnosticada con COVID-19 positivo?
LA PERSONA DIAGNOSTICADA CON COVID-19 POSITIVO TIENE SÍNTOMAS LEVES O ES ASINTOMÁTICA:
- Si dispone de un medio de transporte propio, deberá retornar a su lugar
de residencia.
- Si no dispone de un medio de transporte propio, deberá aislarse en los
centros de aislamiento que cada municipio disponga con ese objeto.
- Asimismo, deberán identificarse los contactos estrechos de la persona
diagnosticada con COVID-19 positivo para su debido aislamiento, siguiendo los
mismos criterios que para caso confirmado (retorno a su lugar de residencia o
aislamiento en centro extrahospitalario).
LA PERSONA DIAGNOSTICADA CON COVID-19 POSITIVO PRESENTA SINTOMATOLOGÍA MODERADA O GRAVE:
- El Sistema de Salud evaluará su internación en un establecimiento municipal o
provincial, según corresponda, o su eventual derivación si fuera necesario.
- Asimismo, deberán identificarse los contactos estrechos de la persona
diagnosticada con COVID-19 positivo para su debido aislamiento.
¿Debe presentarse algún certificado al momento de regresar a la ciudad de
origen?<
No se deberá presentar ningún certificado al momento de arribar a la ciudad de
origen.
¿Qué deberá hacer una persona en caso de haber regresado a su ciudad de origen
por haber sido diagnosticada con COVID-19?
Ni bien se encuentre de regreso en su ciudad de origen, la persona diagnosticada
con COVID-19 deberá comunicarse con su efector de salud más cercano según su
cobertura, para que este realice el seguimiento de manera personalizada a través
de telemedicina o de las herramientas que el municipio disponga.
¿Qué sucede si la persona excede la fecha de regreso declarada en el
Certificado Verano?
En ese caso, ante la solicitud por parte de un agente municipal o provincial del
Certificado Verano, la persona puede ser intimada a regresar a su ciudad de
origen.
¿Se podrán realizar paradas en la ruta? ¿Estarán habilitados los baños de las
estaciones de servicio?
Las y los turistas pueden detenerse en las estaciones de servicio y otros puntos
de descanso situados en las rutas de la provincia, respetando los protocolos
dispuestos en cada uno de ellos. Está habilitado el uso de los baños en las
estaciones de servicio y otros puntos de descanso.